Se
convierte a las mujeres en objetos de consumo sujetas a tráfico mercantil,
siendo además los hijos producidos quebrando la realidad del matrimonio o
completamente al margen de ella, lo que no impide que haya que salvar su vida y
dignidad
La Nueva genética ha abierto un extraordinario abanico de
posibilidades en la manipulación de los seres vivos y también del ser humano.,
pero no se puede afirmar que la investigación científica y sus aplicaciones
sean neutras, sino que la dignidad humana constituye el criterio básico de
referencia para evaluar las nuevas tecnologías.
Mientras muchas parejas evitan tener hijos, otras por el
contrario los desean ardientemente. Puede suceder que este deseo sea tan
intenso que algunos esposos estén dispuestos a echar mano de todas las
posibilidades médicas para tener al fin un hijo, incluso intentando lograr el
embarazo al margen del acto sexual. La medicina actual intenta con éxito
creciente, aunque todavía muy relativo, hacer posible este deseo, utilizando
para ello los métodos de reproducción asistida, que comprenden
un conjunto de técnicas que utilizan alguna manipulación de los gametos o
células sexuales reproductoras,
Por vientre de alquiler o maternidad subrogada se entiende
la introducción de un óvulo fecundado en una mujer distinta de la que ha
aportado el óvulo a fin que en su seno se lleve a cabo el embarazo.
«Todo ser humano debe ser acogido siempre como un don y
bendición de Dios. Sin embargo desde el punto de vista moral, sólo es
verdaderamente responsable, para con quien ha de nacer, la procreación que es
fruto del matrimonio» (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción «Donum
Vitae» II,1). Es decir, el matrimonio y la familia constituyen el
contexto auténtico en el que la vida humana debe tener su origen, porque el
niño no debe ser producido o fabricado en un laboratorio, sino procreado, es
decir el ser humano debe tener un padre y una madre biológicos y ser fruto de
una reproducción sexual. En consecuencia «la fecundación artificial heteróloga
(con semen de tercera persona) es contraria a la unidad del matrimonio, a la
dignidad de los esposos, a la vocación propia de los padres y al derecho de los
hijos a ser concebidos y traídos al mundo en el matrimonio y por el matrimonio»
(IDV II,2). Se trata, por tanto, de la defensa del matrimonio y de la familia,
recordando que «el hijo tiene derecho a ser concebido, llevado en las entrañas,
traído al mundo y educado en el matrimonio: sólo a través de la referencia
conocida y segura a sus padres pueden los hijos descubrir la propia identidad y
alcanzar la madurez humana» (IDV II,1), doctrina ésta confirmada por la
Encíclica «Evangelium vitae»: «(las técnicas de reproducción
artificial) son moralmente inaceptables desde el momento que separan la
procreación del contexto integralmente humano del acto conyugal» (nº 14) y por
el Catecismo de la Iglesia Católica: «Las técnicas que provocan una disociación
de la paternidad por intervención de una persona extraña a los cónyuges
(donación del esperma o del óvulo, préstamo de útero) son gravemente
deshonestas» (nº 2376). En pocas palabras, para que surja
lícitamente una nueva vida humana tiene que ser dentro del matrimonio y como
fruto de él en un acto de amor de sus padres.
En cuanto a los problemas que plantea la fecundación y
gestación en laboratorio, está claro que cuando se producen seres humanos en el
laboratorio, se comete una injusticia con ellos, porque se les está tratando
como si fueran cosas. El grado de inmoralidad es mayor, cuando, como sucede en
estos casos de maternidad subrogada o vientres alquilados, se convierte a las
mujeres en objetos de consumo sujetas a tráfico mercantil, siendo además los
hijos producidos quebrando la realidad del matrimonio o completamente al margen
de ella, lo que no impide que haya que salvar su vida y dignidad, teniendo en
cuenta que «nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de
matar de modo directo a un ser humano inocente» (Introducción, 5), por lo que
cualquier intervención científica o médica que destruya, de hecho o
deliberadamente, vidas humanas concretas, se deslegitima automáticamente. «El
ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su
concepción» (IDV I,1), no debiendo, por tanto, ser producido o reproducido en
el laboratorio, sino procreado en la unión interpersonal de los esposos, pues
es prepotencia producir a sus semejantes, traerlos a la existencia, e, incluso,
diseñarlos y seleccionarlos entre otros para utilizarlos según determinados
intereses.
El Parlamento Europeo ha condenado duramente la práctica de
la subrogación de los vientres de alquiler, sin pararse a mostrar distinciones
entre alquilar un vientre de alquiler de forma «altruista» o con «ánimo de
lucro». El 5 de abril de 2011, el Parlamento Europeo, mediante una resolución,
pidió a los Estados miembros que reconocieran el grave problema de la
subrogación, la cual constituye una explotación del cuerpo femenino y sus
órganos reproductivos.
Más recientemente, el Informe Anual sobre los Derechos
Humanos y la Democracia en el mundo 2014 y la política de la Unión Europea en
la materia, aprobado por el Pleno del Parlamento Europeo el 30 de noviembre de
2015, mencionaba «Condenamos la práctica de la maternidad de alquiler, puesto
que atenta contra la dignidad humana de la mujer desde su cuerpo y sus
funciones reproductivas puesto que se utiliza como una mercancía. Consideran
que la práctica de la subrogación gestacional que implica la explotación de
reproducción y el uso del cuerpo humano con fines de lucro o de otro tipo, en
particular en el caso de las mujeres vulnerables en los países en desarrollo,
estará prohibida y tratado como una cuestión de urgencia en los instrumentos de
derechos humanos.» En el Consejo de Europa ya se hizo en 2012 una Declaración
condenando la subrogación por ser contraria a la dignidad humana.
En estos días, concretamente el 24 de Enero, el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, en el caso Paradisi y Campanelli contra Italia, ha
dado la razón a Italia al quitar la custodia parental de un menor, producto de
un contrato de reproducción asistida y maternidad subrogada. El objetivo de
esta sentencia es muy claro: combatir esta nueva forma de esclavitud, que
esperemos no llegue nunca a aprobarse en nuestro país.
Pedro Trevijano Etcheverria
Fuente: Infocatolica.com
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