Los abajo firmantes, representantes de las organizaciones de la sociedad civil, académicos y políticos, Afirmando el derecho a fundar una familia, tal como lo describe el art. 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Reconociendo que, por ser los componentes básicos y esenciales de las sociedades, las familias tienen un papel crucial en el desarrollo social; que sobre ellas recae la responsabilidad primordial de la educación y socialización de los niños, así como de inculcar los valores de ciudadanía y pertenencia a una sociedad; y que proporcionan atención y apoyo material e inmaterial a sus miembros, ya sea a los niños, a las personas mayores o a quienes padecen una enfermedad, protegiéndoles de la adversidad de la mejor forma posible [1],
Recordando que la función de
protección social que cumplen las familias es especialmente importante en
tiempos de mayor incertidumbre y vulnerabilidad, cuando a las familias les
resulta cada vez más difícil cumplir esas múltiples tareas y hacer frente a
todas las responsabilidades a que se enfrentan [2],
Destacando que las políticas
centradas en el mejoramiento del bienestar de las familias han mostrado su
valiosa y eficiente contribución a diversas áreas del desarrollo social, y que
el logro mismo de los Objetivos de Desarrollo del Milenio depende de la manera
en que se empodere a las familias para que contribuyan a la consecución de esos
Objetivos [3], Expresando la voluntad de colaborar estrechamente y de forma coordinada con el
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de Naciones Unidas en las
cuestiones relacionadas con la familia, incluidos los preparativos para la
celebración del XX aniversario del Año Internacional de la Familia [4],
1. Dan la bienvenida a la
convocatoria de Naciones Unidas para celebrar el próximo aniversario, en 2014,
del Año Internacional de la Familia, haciendo notar que ofrece la oportunidad
de revisar las políticas orientadas hacia la familia como parte de las
iniciativas de desarrollo en general [5], apoyando su propósito de responder a
las dificultades con las que se enfrentan las familias y a continuar guiando
las iniciativas nacionales que benefician a las familias en todo el mundo [6] e
integrando la perspectiva de la familia [7] a través de la introducción de un
informe o evaluación de impacto familiar como un componente destacado e
inexcusable del proceso legislativo;
2. Urgen a los Estados
miembros a mejorar y fortalecer la perspectiva familiar en el proceso
legislativo a todos los niveles, teniendo en cuenta el impacto de las políticas
sociales y económicas en las familias; a desarrollar, promover y poner en
práctica políticas centradas en el mejoramiento de las condiciones de vida de
las familias, de forma que puedan ser sostenibles, resulten asequibles y tengan
la suficiente calidad; y a empoderar a las familias y reconocer su función para
la cohesión social y el desarrollo económico [8];
3. Invitan a los Estados
Miembros a reconocer el derecho de las familias a percibir los recursos y la
asistencia social suficientes, así como el de vivir de forma compatible con la
dignidad humana, recordando que se trata de un aspecto de vital importancia para las
familias monoparentales, numerosas y de inmigrantes; a desarrollar, promover y
poner en práctica políticas que acaben con la pobreza infantil a través de la
erradicación de la pobreza familiar; a promocionar políticas sociales,
económicas y educativas destinadas a prevenir la transmisión intergeneracional
de la pobreza; y a promover la aportación de servicios integrados para las
familias y de políticas y prácticas fiscales centradas en el mejoramiento del
bienestar de las familias, incluyendo los beneficios fiscales en bienes y
servicios destinados a los productos y servicios para la primera infancia [9];
4. Solicitan
a los Estados Miembros que reconozcan y difundan el valor de
reconciliar familia y trabajo en la economía y la sociedad; que desarrollen, proporcionen
y difundan permisos de paternidad y maternidad con la suficiente duración,
financiación y flexibilidad; que promueven el desarrollo de las competencias y
los sistemas de aprendizaje a lo largo de todo el transcurso de la vida
familiar y de los periodos de transición, para facilitar el retorno al mercado
de trabajo; y que incrementen el diálogo y la colaboración entre los
legisladores y las demás partes interesadas, incluyendo a las familias, las
asociaciones familiares, el sector empresarial, los sindicatos y los
empresarios, de forma que puedan desarrollarse y consolidarse las políticas
centradas en el mejoramiento del bienestar de las familias y prácticas en el
lugar de trabajo [10];
5. Alientan
a los Estados Miembros a facilitar la solidaridad intergeneracional,
las relaciones de pareja y familiares de calidad, los programas de ayuda a los
padres, la educación infantil de alta calidad y otros servicios auxiliares que
ayuden a las familias; a promover y desarrollar medidas activas que contribuyan
al bienestar psicológico de los menores y jóvenes, según la situación de cada
familia; a prevenir la violencia, las adicciones y la delincuencia juveniles; a
promover la transición de la educación a la vida laboral, así como la
estabilidad económica de los jóvenes, de forma que pueda facilitarse la
formación y estabilidad de la familia, especialmente para los que tienen
recursos socioeconómicos frágiles; y a promover y desarrollar políticas
públicas relativas al apoyo a los mayores de la familia, especialmente en las
situaciones de especial necesidad, como sucede en los casos de Alzheimer u
otras enfermedades semejantes [11].
______
[1]
Cfr. Informe del Secretario General sobre el Seguimiento del décimo
aniversario del Año Internacional de la Familia y necesidades futuras, 29
noviembre2010,
A/66/62-E/2011/4, n. 3. Cfr. Resolución sobre Preparativos y celebración del
vigésimo aniversario del Año Internacional de la Familia, 28 noviembre
2012, A/C.3/67/L.12/Rev.1.
[2]
Ibidem, n. 4.
[3]
Ibidem, n. 10.
[4] Cfr.
Resolución del ECOSOC sobre los Preparativos y celebración del vigésimo
aniversario del Año Internacional de la Familia, 30 agosto 2012, E/RES/2012/10.
[5] Cfr.
Informe del Secretario General sobre los Preparativos y celebración del vigésimo
aniversario del Año Internacional de la Familia en 2014, 11 noviembre 2011,
A/67/61–E/2012/3, n. 57.
[6]
Ibidem, n. 4.
[7] Cfr. Resolución sobre Preparativos y
celebración del vigésimo aniversario del Año Internacional de la Familia, 28
noviembre 2012, A/C.3/67/L.12/Rev.1., n. 1.
[8] Cfr.
Encuentro Europeo del Grupo de Expertos sobre “Afrontar la pobreza familiar y
la exclusión social; asegurar la conciliación entre trabajo y familia; promover
la integración social y la solidaridad intergeneracional en Europa”(Bruselas, 6
–8 junio 2012), Recomendaciones para las partes interesadas.
[9]
Ibidem. [10] Ibidem. [11] Ibidem.
Más información y adhesión online: www.family
2014.org
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